La legislación actual no pone límites al número de embriones que se pueden producir en una fecundación in vitro, lo que ha conducido a que existan en España (se calcula) unos 40.000 embriones congelados.
Alemania e Italia han solucionado este problema aprobando recientemente sendas legislaciones que se decantan por una protección eficaz del embrión. En este sentido, la ley alemana prohíbe la extracción de más óvulos de los necesarios, así como la fecundación de más de tres de ellos cada vez. Transmitiendo a la madre todos los embriones fecundados se evita el exceso de embriones. La ley italiana se ha pronunciado en el mismo sentido, dotando al embrión humano de un estatus jurídico como sujeto de derechos.
Las clínicas de reproducción asistida critican estas medidas y aluden para ello a criterios de eficacia y costos, pero omiten que de lo que estamos hablando es de seres humanos con una identidad propia ya iniciada. Precisamente, éste es uno de los puntos clave en torno a estos temas: en definitiva se trata de escoger entre las indicaciones científicas y éticas por un lado, y el dinero y los criterios de producción y eficacia por otro. El problema ante el que se enfrentan los políticos es clásico en Derecho: proteger al débil o favorecer al poderoso. De una parte, se encuentran los aproximadamente 40.000 embriones congelados indefensos. De otra, las poderosas empresas y laboratorios biotecnológicos y las millonarias clínicas de fecundación in vitro. Porque conviene no olvidar que las investigaciones con embriones congelados (cuyos frutos, vale la pena advertir, han resultados inexistentes) supondrían, sin embargo, un negocio cercano a los 12 millones de euros (unos 2000 millones de pesetas).
Según una versión bastante extendida, se confía en que la investigación con los embriones congelados pueda servir para reparar los daños causados en nuestros órganos y ahorrarle a la Humanidad muchos sufrimientos. No obstante, según advierten desde las propias instancias científicas, se están creando esperanzas con unos procedimientos complejos, improbables y siempre muy caros (por tanto, sólo al alcance de unos pocos). Me parece reprochable que en algunos medios de comunicación no se publiquen los resultados de las investigaciones que acreditan que se pueden conseguir las “células madre”, núcleos de los posibles usos terapéuticos a partir de otras células procedentes de tejidos de adultos, sin necesidad de utilizar embriones.
Sería un grave error olvidar que la libertad exige responsabilidad, con más razón cuando en su ejercicio están implicados derechos fundamentales de otros seres humanos. Por ello, si hemos creado vidas humanas, tenemos el deber de velar por ellas.
La garantía del respeto universal de todos y cada uno es lo que justifica la presencia del Derecho en la vida de los seres humanos, por ello no cabe que desde el ámbito jurídico se ampare la discriminación y la utilización de vidas humanas con fines industriales. En este sentido se pronuncia la Declaración Universal de los Derechos Humanos al establecer en su Preámbulo el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
Mª Cruz Díaz de Terán Velasco
Arvo.net, 2002-11-15
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